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IGSS presenta nuevo reglamento para trabajadores.

El IGSS ha confirmado que cambiara las normas para los pensionados y dio un nuevo reglamento sobre los trabajadores.

El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS) emitió el reglamento para la cobertura de trabajadores a tiempo parcial; en seguimiento a la aprobación del Decreto 2-2017 del Congreso, del Convenio sobre trabajo a tiempo parcial.

A través del reglamento, se pretende establecer los mecanismos para la protección de los trabajadores que laboran a tiempo parcial para el goce de la protección de los riesgos que cubre el IGSS; adaptando los mismos, en condición equivalente a los trabajadores a tiempo completo en situación comparable

Aspectos del reglamento

En primera instancia, el documento oficial establece que los trabajadores a tiempo parcial están inscritos bajo el Régimen de Seguridad Social; el cual “protege fundamentalmente el riesgo laboral al que están expuestos los trabajadores a tiempo parcial”.

El reglamento incluye la condición de cobertura, el proceso de asimilación de los trabajadores a tiempo parcial con los que lo hacen a tiempo completo; de la misma manera se fijan los porcentajes de contribución en base a la remuneración.

Es importante destacar que en el artículo 6 que establece las disposiciones especiales de carácter proporcional para la protección en programas de enfermedad, maternidad y accidentes; indica que los trabajadores que hayan sido trasladados de jornada completa a tiempo parcial, “conservarán las prestaciones en salud, ya establecidas en la reglamentación vigente”, que hayan sido iniciadas antes de la migración.

Por otro lado, indica que los que inicien relación de trabajo a tiempo parcial y que no hayan tenido relación de trabajo de tiempo completo inmediata anterior, tendrán cobertura de atención médica sobre enfermedades profesionales, accidentes y maternidad, como lo establece la reglamentación vigente.

El documento también establece las disposiciones para otorgamiento de programas de invalidez, vejez y sobrevivencia.

A partir de qué momento inicia la cobertura para trabajadores a tiempo parcial

Para la acreditación de derechos, los trabajadores a tiempo parcial contratados específicamente bajo esa condición laboral deberán acumular como mínimo cuatro contribuciones consecutivas dentro de los últimos seis meses.

En cuanto a la atención médica, este mismo grupo tendrá acceso a la atención médica de forma general según la reglamentación vigente, acreditando doce contribuciones consecutivas de trabajo a tiempo parcial dentro de los últimos 12 meses.

Casos en los que se puede suspender la cobertura

El artículo 6 también establece que el IGSS suspenderá de inmediato las prestaciones del Régimen de Seguridad Social a los trabajadores o sus beneficiarios, cuando se determine que las mismas se obtengan o prologuen de forma indebida a través de error, ardid, simulación, falsedad de hechos o de documentos.

En caso de determinar que ocurrió un hecho de ese tipo el instituto demandará la restitución de los gastos, intereses, daños y perjuicios causados que se hayan incurrido por las prestaciones otorgadas indebidamente.

Vigencia

El presente acuerdo se debe remitir al Organismo Ejecutivo y entrará en vigencia el primer día calendario del mes siguiente de su publicación en el Diario Oficial, del acuerdo que lo apruebe.

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