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CC vs Congreso ¿Transparencia o Poder en Juego?

La Corte de Constitucionalidad de Guatemala da un ultimátum al Congreso para justificar la ampliación presupuestaria aprobada en agosto, en medio de crecientes cuestionamientos sobre la legalidad del proceso, develando un pulso de poderes.

El pasado 13 de agosto, el Congreso de la República de Guatemala aprobó una controvertida ampliación presupuestaria de Q14,451 millones, destinada al Ejecutivo. Sin embargo, esta decisión ha generado una serie de amparos presentados por diversos actores políticos y organizaciones, quienes cuestionan la legalidad del procedimiento utilizado. Entre los principales críticos se encuentran los diputados Héctor Aldana y Víctor Valenzuela del bloque VAMOS, quienes han liderado la ofensiva legal contra la aprobación.

La Respuesta de la Corte de Constitucionalidad

La Corte de Constitucionalidad (CC), en su rol de garante del respeto a la ley, admitió estos amparos y dio un plazo de 24 horas al Congreso de la República para que presente un informe circunstanciado a fin de que sean explicados los fundamentos legales de dicha ampliación.

El objetivo de esta medida es analizar si el procedimiento seguido por los legisladores se ajusta a la Constitución y las leyes vigentes.

El Congreso, encabezado por su presidente Nery Ramos, deberá proporcionar toda la documentación pertinente para que los magistrados de la CC puedan determinar la validez de la decisión.

Este requerimiento se hace en un contexto de alta tensión política, donde se cuestiona la transparencia y el manejo de los recursos públicos por parte del poder legislativo.

Reacciones y Amparos Admitidos

Además del amparo presentado por los diputados del bloque VAMOS, la CC también admitió otros recursos legales que buscan revertir la ampliación presupuestaria. Uno de estos amparos fue presentado por la diputada Sandra Jovel, quien acusa al Congreso de violar su derecho como legisladora al interrumpir una sesión de interpelación a un Ministro de Estado, argumentando que esto contraviene la Constitución Política de la República.

Otra acción de amparo fue presentada por la Fundación Contra el Terrorismo, organización que también exige transparencia en la gestión pública.

Finalmente, un cuarto amparo fue interpuesto por la organización Guatemala Inmortal, sumando más presión al Congreso para que justifique sus acciones.

El Congreso Responde

En respuesta a estos requerimientos, la Junta Directiva del Congreso informó que ha cumplido con la entrega de los informes solicitados por la CC. El diputado Nery Rodas, Tercer Vicepresidente del Congreso, aseguró que los informes fueron remitidos durante el fin de semana, antes de que expirara el plazo otorgado por la Corte.

El Congreso se basó en el precedente legislativo 2-2013, que permite interrumpir una interpelación con una mayoría de dos tercios para tratar temas urgentes de naturaleza económica o social. Este precedente fue utilizado como fundamento para justificar la interrupción de la interpelación y proceder con la discusión y aprobación de la iniciativa.

Sin embargo, este procedimiento enfrenta una crítica jurídica significativa. Aunque el precedente 2-2013 ha sido validado en ocasiones anteriores por la Corte de Constitucionalidad como una medida excepcional y constitucional, su aplicabilidad actual es cuestionada debido a reformas posteriores en la Ley Orgánica del Organismo Legislativo (LOOL).

En 2016, el Congreso reformó la LOOL, introduciendo artículos específicos que regulan los conflictos entre la agenda legislativa y las interpelaciones, estableciendo las Sesiones Adicionales en los artículos 74, 74bis y 141. Según la ley, los precedentes legislativos solo tienen un carácter interpretativo y se utilizan cuando la ley presenta vacíos procedimentales. Sin embargo, al haberse reformado la ley en 2016, cualquier precedente anterior pierde su validez legal directa.

Este conflicto plantea un problema jurídico clave: mientras que la aplicación del precedente 2-2013 en situaciones urgentes ha sido defendida como constitucional, la reforma de la LOOL sugiere que este tipo de interrupciones ya no es viable, lo que podría hacer que la aprobación de la ampliación presupuestaria fuera ilegal. Además, esta acción podría violar el artículo 166 de la Constitución, que garantiza el derecho de los diputados a interpelar sin restricciones.

Este debate subraya la tensión entre los procedimientos legislativos tradicionales y las reformas legales, lo que podría llevar a una revisión de la constitucionalidad de las decisiones recientes del Congreso.

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